oscar M artinarquitecto
Nació en Barcelona (España) en el año 1973, y creció en la localidad mediterránea de Tossa de mar (Girona, España)
Se formó en el colegio Montessori-Palau de Girona (España)
Cursó los estudios de arquitectura en la Facultad de Arquitectura de Barcelona (Universitat Politécnica de Catalunya), teniendo como maestros a arquitectos del prestigio de Carles Ferrater, Manel Brullet, Helio Piñón o Albert Viaplana entre otros. Obtuvo menciones especiales por dos proyectos de vivienda colectiva no convencional para el Forum Barcelona 2004 y por el proyecto de reordenación urbanística del barrio de Massena de París.
Trabajó en el despacho de arquitectura Puigllançada (Barcelona) junto al arquitecto Jaume Pons, participando en el desarrollo y construcción de proyectos de viviendas plurifamiliares en el área de Cataluña, y proyectos residenciales en Cataluña, Andorra y el área de la Cerdanya (Pirineos, España).
A finales del año 2003 se traslada a Puebla, México, estableciéndose por cuenta propia, y desarrollando diferentes proyectos de vivienda residencial y vivienda de interés social, centrándose su actividad principalmente en los estados de Puebla y Tlaxcala.
En el año 2009 obtiene la nacionalidad mexicana, estableciendo la residencia definitiva en la ciudad de Puebla, México.
Como arquitecto se caracteriza por ofrecer un servicio personalizado a cada cliente, buscando ofrecer un proyecto que se adapte a las necesidades, características y preferencias de estilo de los propietarios, y garantizando una ejecución de obra y un resultado final de calidad.
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Las funciones de un arquitecto son muy amplias, comprendiendo la elaboración del proyecto, tramitación de permisos y licencias, supervisar la buena ejecución de la obra, escoger y coordinadar al personal y a los diferentes proveedores, elegir los materiales que mejor se adapten a las necesidades del proyecto, administrar la obra para establecer una correlación entre los pagos y el avance de obra, y asesorar al cliente en aquellos aspectos que sean necesarios, todo esto con el objetivo de lograr un producto final de calidad.
Mucha gente piensa que la contratación de un arquitecto es un gasto que se puede obviar, pero en realidad es un equivocación.
El arquitecto es una inversión y se paga sus propios honorarios con los ahorros que realiza al evitarle al propietario gastos superfluos o trabajos mal hecho que se deben volver a realizar, así como demoliciones por falta de un estudio de buena funcionalidad. También el arquitecto aporta plusvalía a su construcción al aportarle calidad estética, eficiencia funcional y garantía de una buena ejecución.
Pocas veces analizamos que la inversión por metro cuadrado de una construcción es la misma tanto si interviene un arquitecto o no, pero la diferencia en el valor posterior de la obra es grande. La depreciación provocada por un mal diseño en una construcción es automática, en tanto que un buen diseño le garantiza una revaloracización de su propiedad.
El arquitecto se hace responsable de su proyecto y/o construcción, garantizando la calidad de los trabajos que se ejecutan, realizando los planos generales y de detalle que documentan la obra, tramitando las gestiones necesarias ante el municipio o organismos competentes, así como administrando el avance de obra y los recursos materiales y económicos invertidos.
En pocas palabras, el arquitecto representa y defiende los intereses de sus clientes.
Antes de iniciar una obra, hay que realizar unos trámites para conseguir la correspondiente licencia de construcción. Realizar una obra sin licencia de construcción no sólo es ilegal, sinó que además puede suponer multas y recargos que eleven el precio final de la construcción.
Para iniciar estos trámites, se requiere que el propietario tenga un documento oficial que demuestre la propiedad del terreno, y estar al corriente de los pagos del impuesto predial correspondiente.
Si bien puede haber diferencias entre los municipios, los trámites habituales para solicitar una licencia de construcción son los siguientes:
- Alineamiento y número oficial. Con este trámite el ayuntamiento le otorgará un documento donde se le asigna el número oficial de su propiedad, así como las superficies, colindancias y dimensiones del terreno.
- Uso de suelo. Con este trámite se le asignará el uso que se le puede dar al terreno (vivienda unifamiliar, vivienda plurifamiliar, comercial, etc.), así como las restricciones y limitaciones que regirán el proyecto (superficies máximas edificables, alturas, estacionamiento, etc.). Adjunto al trámite de uso de suelo, se realiza el estudio de impacto ambiental, el cual puede suponer la donación de árboles al ayuntamiento, para compensar la superficie de área verde que se destruye con la construcción.
- Licencia de construcción. Éste es el trámite que le otorga el permiso para construir el edificio. La licencia tiene una vigencia determinada, al final de la cual hay que dar de baja la obra o si ésta no está finalizada, entonces solicitar una prórroga de la misma.
- Final de obra. Este trámite se realiza una vez finalizada la construcción. Para que sea otorgado, se exige que la construcción se corresponda con los planos de la licencia de construcción. Además, el final de obra es un requisito necesario para tramitar posteriormente el levantamiento de obra en las escrituras ante un notario y el registro de la propiedad.
La ley del Seguro Social Mexicano reconoce el derecho de todos los trabajadores, incluidos los de la construcción, a ser dados de alta en el Seguro Social durante el periodo de tiempo en que estén laborando, y obliga a la parte contratante a darlos de alta y pagar las cuotas mensulaes correspondientes.
Cuando se inicia una obra, durate los cinco primeros días se debe dar de alta la obra ante el Seguro Social. El incumplimiento de este deber puede llevar a diferentes sanciones y se corren los siguientes riesgos:
- Se está incurrieno en un delito, al negarle a los trabajadores sus derechos.
- En el caso de una inspección, si la obra no está dada de alta, puede incurrir en multas cuyos montos llegan a ser bastante elevados.
- En caso de accidente de un trabajador, si no está dado de alta en el Seguro Social, los gastos médicos pueden llegar a ser muy elevados, además de tener que hacer frente a sanciones .
Las cuotas del Seguro Social son mensuales y se deben cubrir asta el día 17 de cada mes. Las cuotas son diferentes según el grado del trabajador, y cada dos meses se debe abonar además las aportaciones al Infonavit de cada trabajador dado de alta.
Teniendo en cuenta los riesgos inherentes a una obra, es recomendable dar de alta la obra ante el Seguro Social, y evitar posibles sanciones y regularizaciones .